lunes, 21 de marzo de 2011

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO

El Abogado desempeña una misión esencial en una sociedad fundada en el respeta a la justicia. Su misión no se limita a ejecutar fielmente un mandato en el marco de la Ley.
El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de auxiliar de la justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ceñida a los parámetros de lo moral, de la equidad, desprendimiento de sus propios intereses con tal de favorecer plenamente aquellos del cliente que son siempre el motivo de su labor.
El abogado ha de tener presente que es un servidor del derecho y un coadyuvante de la justicia; y que la esencia de su deber profesional es asesorar y defender leal y diligentemente y con estricto apego a las normas morales, los derechos de su cliente.

El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesionales; no solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medios lícitos las malas conductas de jueces, funcionarios públicos y compañeros de profesión.
Un abogado tiene la responsabilidad de proporcionar una representación competente a cada cliente. Esto significa que el abogado debe tener el conocimiento y la pericia legal para representar al cliente en un asunto particular y dedicarse a su preparación legal. Los honorarios del abogado deben ser razonables como lo establecen los factores fijados en las Reglas de la Responsabilidad Profesional.
Un abogado debe actuar con diligencia razonable y prontitud cuando representa a un cliente. Al efecto, el abogado debe ser cuidadoso de no tener un conflicto de intereses con el asunto o con los clientes. Además, el abogado debe consultar y comunicar razonablemente al cliente los informes que tenga a la mano relacionada con la materia legal.
Un abogado también tiene la responsabilidad de acatar los deseos y decisiones del cliente acerca del caso. Por ejemplo, un abogado debe acatar el deseo del cliente de convenir en un arreglo o un acuerdo sobre la declaración de culpabilidad. También, en la mayoría de las circunstancias, el abogado debe conservar la información del cliente en forma confidencial.
Un abogado debe actuar con diligencia razonable y prontitud cuando representa a un cliente. Al efecto, el abogado debe ser cuidadoso de no tener un conflicto de intereses con el asunto o con los clientes. Además, el abogado debe consultar y comunicar razonablemente al cliente los informes que tenga a la mano relacionada con la materia legal.
Un abogado también tiene la responsabilidad de acatar los deseos y decisiones del cliente acerca del caso. Por ejemplo, un abogado debe acatar el deseo del cliente de convenir en un arreglo o un acuerdo sobre la declaración de culpabilidad. También, en la mayoría de las circunstancias, el abogado debe conservar la información del cliente en forma confidencial.
Los Abogados como cualquier otro profesional, está sometido, igualmente al imperio de la Ley, y también responden de los daños que por la posible culpa y negligencia pudiera ocasionar a su cliente, por su falta de profesionalidad o pericia en el tratamiento de un determinado pleito.
Fuente: CENTO UNIVERSITARIO LOS ALTOS (CUALTOS /IMSS/UDG)
ALUMNA: Ma. Maricela Aguilar Roque.
Características de un Abogado Responsable.

R.L. Vigo considera que las características que debe reunir un Abogado responsable son el estudio, la prudencia, la humildad, la honradez, la solidaridad, la justicia, la lealtad y la constancia.

“Estudio: El abogado debe ser un estudioso constante, debido en primer lugar a lo cambiante de las leyes que giran a través de los cambios sociales; del giro social que acarrean los cambios que sufre la sociedad; en segundo lugar, el Abogado debe ser uno de los profesionales más cultos, debido a la cantidad de personajes que deben tratar; en tercer lugar, debe estar al día, sobre todo en las materias que son su especialidad, adquiriendo libros, leyes y asistiendo a cursos, seminarios y sobretodo, haciendo post grados, maestrías y doctorados, que hagan de él un profesional eficaz.

Prudencia: El abogado debe guiarse por la recta razón de manera que al actuar en el caso concreto, se ajuste a las exigencias de la profesión y la ética.

Humildad: En orden de mantener siempre una postura racional y en aras de alcanzar la verdad.

Honradez: Debe poner en práctica del Código de Ética del Abogado, que de acuerdo con el Artículo Primero del mismo, constituyen normas de obligatorio cumplimiento y es por ello que en su Artículo Segundo, se determina que el Abogado tendrá como norte de sus actos servir a la Justicia, asegurar la libertad y el ministerio del Derecho.
En su artículo cuarto, De los Deberes Esenciales, se establece:



Son deberes de Abogado:
1. Actuar con probidad, honradez, discreción, eficiencia, desinterés, veracidad y lealtad.
2. Conservar absoluta independencia en sus actuaciones profesionales.
3. Mantener en todo momento el respeto a su dignidad como persona y como profesional.
4. Defender los derechos de la sociedad y de los particulares cooperando en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico y en la realización de una recta y eficaz administración de justicia.
5. Fortalecer la fraternidad de sus colegas, mediante el respeto mutuo con trato cordial y racional tolerancia.”

“La conducta privada del Abogado se ajustará a las reglas del honor, de la dignidad y de la delicadeza propia del hombre honesto.”
La honradez es de tanta importancia, que el solo hecho de que a un Abogado se le conozca como Honesto, es sinónimo de confianza.
Solidaridad: El abogado se debe a la comunidad nacional y sus leyes, que en efecto, lo habilitan para el ejercicio de la profesión.
Justicia: El abogado debe tener presente que el mundo del Derecho tiene su fundamento y razón de ser en la justicia.
Lealtad: Para con el juez y los colegas, de manera de no perder de vista que a profesión es un camino de realización personal.
Constancia: Esta es una de las cualidades que hacen de un ser humano, un templo a la lucha por las metas.
La diferencia entre un hombre constante y uno que no lo es, es aquel que no deja las cosas a medio hacer o a lo mejor las deja botadas. Un buen Abogado, debe estar atento a sus casos, teniendo presente que cada actuación debe producirse dentro de los lapsos legales y procesales y, que para ello debe preparar la actuación que se requiere mediante el estudio necesario.
Pues bien, estas tres condiciones: Estudio, Honradez y Constancia, hacen del Abogado un profesional formidable; pero es bueno dejar en claro que, no puede faltar alguna de ellas (...) ya que las tres deberán ser coexistentes”

Fuente: CENTO UNIVERSITARIO LOS ALTOS (CUALTOS /IMSS/UDG)
ALUMNA: Ma. Maricela Aguilar Roque.



2 comentarios:

  1. El blogspot se encuentra muy bien elaborado y con la informacion necesaria para comprender cada tema y subtema en el ramo de la Deontologia Juridica, se revisaron todos los hipervinculos y todos tienen su funcion correcta y ninguno fallo al momento del traslado de un sitio a otro.

    En los parrafos de cada subtema se encontraron con pequeñas fallas ortograficas, como por ejemplo los puntos a aparte.

    En general es un sitio muy bien elaborado por los responsables.

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