domingo, 20 de febrero de 2011

INTEGRANTES DEL EQUIPO

.Rodriguez Gil Daniel
.Varela Soria Perla Fabiola
.Vallejo Chavez Grecia Samanta
.Gomez Trejo Alberto Jacob

CONCLUSIÓN Y BIBLIOGRAFÍA

CONCLUSIÓN
•La ética no es una ciencia que busque el conocer por el conocer ni el hacer por el hacer, la ética es una ciencia del conocer para el hacer, esto quiere decir que no trata de un conocimiento experimental porque aunque analice el comportamiento humano señala la normatividad de lo que se debe hacer y lo que se debe evitar.
•Lo que le interesa a la ética es estudiar la bondad o maldad de los actos humano, sin interesarse en otros aspectos o enfoques.
•La virtud propiamente humana es solo aquella en la que interviene la razón.
•Los valores éticos son cualidades que otorgamos en formas de ser y de actuar que las hace deseables como características nuestras y de los demás, dado que son básicos en la construcción de una convivencia democrática, en el marco de los derechos humanos.
•La vocación de abogado debe ser muy analizada, sobre todo por el mismo individuo, ya que representa muchas aptitudes y destrezas necesarias para llevar una profesión en debida forma. La profesión de abogado tiene como fin último la ayuda a la comunidad donde iremos a prestar nuestros servicios profesionales, atendiendo a personas de todos los estratos sociales, inclinaciones políticas y religiosas y de cualquier raza, que necesite de nuestros servicios.
•De las más importantes experiencias derivadas de dicho ejercicio profesional y académico del abogado es la de la humildad. Esta virtud es indispensable para reconocer las propias limitaciones, los errores y vacíos en el planteamiento, tratamiento o conclusión de las múltiples cuestiones que se abordan y para rectificarlos apenas puedan ser percibidos. La humildad científica es necesaria para estar libres de prejuicios, apartados de nocivos fundamentalismos o dogmatismos, para mantenerse con la suficiente apertura mental para reconocer, aceptar e incorporar al bagaje personal los positivos aportes que nos ofrece continuadamente la creatividad humana en el área de nuestra disciplina.
•El abogado que no asume con honestidad y sabiduría el rol que le corresponde en la sociedad en que vivimos contribuirá a intensificar sus males, sus lacras, contrariando la esencia de su sacerdotal función.

BIBLIOGRAFÍA

http://www.scribd.com/doc/19159119/Codigo-de-Etica-Del-Abogado
www.laflorida-narino.gov.co/apc-aa-files/.../codigo_de_etica.doc
http://www.filosofia.mx/index.php?/portal/archivos/ley_natural_y_fundamentos_del_derecho/
http://es.catholic.net/psicologoscatolicos/690/2102/articulo.php?id=18020
http://www.santiagobovisio.com/italiano/reflex/21reflex.htm
www.tuxtepecaldia.com/mary/1concienciaetica
http://www.cnapanama.com/codigo.htm

INTRODUCCION

INTRODUCCIÓN
La ética profesional se sustenta o toma bases fundamentalmente en la naturaleza racional del hombre. Esta naturaleza es espiritual y libre, por consiguiente tiene una voluntad que apetece al bien moral. Haga el bien y evite el mal.
El abogado, en cuanto profesional que ejerce una actividad preponderantemente intelectual, cumple un cometido en beneficio de la comunidad. De ahí que su ejercicio profesional conlleva, como está dicho, un profundo contenido social. Su acción, que responde principalmente a la vivencia de los valores de justicia, seguridad y solidaridad, se desenvuelve como una función al servicio de los demás miembros de la sociedad en la cual vive y ejerce habitualmente su actividad.
El abogado es eficiente cuando aplica acertadamente todos sus conocimientos en la defensa de la justicia de la causa que defiende o en el dictamen o informe que elabora. Ello implica que se concentre en el asunto que le atañe y trabaje con honestidad para el logro de la deseada eficiencia.

ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO

LA VOCACIÓN.
La vocación es un problema fundamental de la profesión. La vocación se ve orientada por la psicología en la sociedad actual, buscando la profesión idónea para el individuo.
Por desgracia, la profesión no siempre coincide con la vocación. Esto constituirá siempre un desequilibrio sicológico en el sujeto y una fuente de malestar en él y de perjuicio para la empresa; por el contrario, cuando la profesión coincide con la vocación esta será de provecho para él y la empresa.

Cuando hay vocación ningún trabajo se hace pesado, todo se facilita, hay entrega y dedicación. Toda actividad debe ejercerse vocacionalmente.
La profesión según Peinado Navarro, es una actividad del hombre que desempeña una función social. Toda persona que ejerza una profesión ha de tener la idea de permanecer en ella durante largo tiempo, buscar en ella los medios de sustentación de la vida y que esa profesión o trabajo sea duradero.




Lo esencial de la profesión es, ante todo, que sea personal: "ni las máquinas ni los animales, que duraderamente llevan a cabo una determinada labor en beneficio de la sociedad, ejercen una profesión. Prestan sencillamente un servicio y nada más”. (Peinado Navarro, Moral Profesional).
Esto significa que la profesión no consiste solamente en prestar un servicio, sino que implica la personalidad. Es, además, una labor de carácter social: "la profesión supone una sociedad organizada dentro de la cual las labores están distribuidas y contribuyen todas al bien común. La profesión es, pues, de la sociedad organizada y para la sociedad organizada". (Peinado Navarro)
La profesión implica también el espíritu de servicio. El profesional que en sus funciones mide el aspecto económico o remunerativo de su trabajo, será un profesional mediocre.
La profesión es un servicio a la comunidad, el profesional debe vivir de ella, esta es una necesidad, un derecho. Pero la necesidad exige el sacrificio y el desinterés a favor el bien de todos.



LA VOCACIÓN DE ABOGADO.
La vocación de abogado debe ser muy analizada, sobre todo por el mismo individuo, ya que representa muchas aptitudes y destrezas necesarias para llevar una profesión en debida forma. Además debemos reiterar que la profesión de abogado tiene como fin último la ayuda a la comunidad donde iremos a prestar nuestros servicios profesionales, atendiendo a personas de todos los estratos sociales, inclinaciones políticas y religiosas y de cualquier raza, que necesite de nuestros servicios.


La vocación de abogado nos permite llevar sin mucho esfuerzo algunas aptitudes, que al cultivarlas debidamente nos procurará una mejor forma de enfrentar los obstáculos que se nos presentan durante la vida profesional y estos son:
• Austeridad: consiste en llevar una vida modesta y de probada honradez.
• Veracidad: virtud que nos conduce siempre a manifestar lo que creemos o pensamos.
• Lealtad: nos obliga a ser fieles y rigurosos en el cumplimiento de los compromisos y obligaciones, en la correspondencia de afectos, etc.
• Tolerancia: respeto y consideración de las opiniones ajenas. No es aprobar el error, sino simplemente, la capacidad de convivir con lo diferente.
• Espíritu de Trabajo: Inclinación a realizar con entusiasmo y eficacia los labores que se emprenden.
• Perseverancia: firmeza en los propósitos o en la prosecución de algo que se ha comenzado.
• Caridad o Fraternidad: consiste en considerar a nuestros semejantes como hermanos. Es el amor al otro que se manifiesta mediante acciones de beneficencia y benevolencia.
• Patriotismo: vínculo espiritual que nos une a la patria incondicionalmente. Se manifiesta sirviendo con amor y abnegación, alentando los ideales de la nación, reverenciando sus glorias, amando su tradición y respetando sus símbolos.
• Abnegación: es un sentimiento que nos mueve a dejar de lado nuestros propios afectos o intereses en servicio de la patria, para el bien de la comunidad en general, para el bien del otro.


Por estas razones en forma general podemos decir que todo abogado debe cumplir fielmente los siguientes principios que son la base fundamental para el ejercicio de su profesión como lo son:
•Principio de solidaridad: "como seres humanos de naturaleza sociable, tenemos la obligación moral de promover el bienestar de todos los seres humanos, y no solo del nuestro. Hay que dejar ese egocentrismo que nos impulsa a sobresalir sin importarme el prójimo, esta aptitud me trunca como persona y conlleva a estancar mi propia realización."
•Principio de Equidad: "la única diferencia entre un ser animal y un humano es la inteligencia, por ello debemos forzarnos a actuar inteligentemente y consecuentemente.



•Principio de abstenerse de elegir dañar a un ser humano: "existe un viejo adagio que nos dice: < no hagas a los demás lo que no te gustaría que te hiciesen > , tenemos que tener cierto cuidado en no destruir la identidad de los demás aunque no sea posible medir el alcance de nuestros actos y de ninguna manera debemos elegir conscientemente hacer el mal, hay que diferenciar entre elegir y aceptar."
•Principio de eficiencia: "muchos hablamos de el esfuerzo que realizamos en aras de promover la realización humana, pero será que si nos estamos esforzando lo suficiente o será que no estamos utilizando los métodos más eficaces, he ahí el meollo del asunto, hay que esforzarse si, pero por usar las herramientas más idóneas."
•Principio de la responsabilidad del papel que hay que desempeñar: " no somos responsables de todos los aspectos del bienestar humano, ya que nuestras responsabilidades van ligadas a la capacidad, compromiso, circunstancias y roles específicos que debemos descubrir y ponerlos al servicio de la sociedad, esto nos da una responsabilidad prioritaria en nuestras vidas."
•Principio de aceptación de efectos colaterales: "la aceptación es un principio que debemos cultivar en nuestro diario vivir ya que todas nuestras acciones no son acertadas, y probablemente estas provocaran efectos colaterales perjudiciales."
•Principio de cooperación en la inmoralidad: "aunque suene un tanto paradójico y un tanto enredado, ante ciertas circunstancias de la vida puede ser razonable cooperar en actos inmorales de otras personas. Lo que no quiere decir que aprobemos tal acto, ni que se desea su éxito; solo si la acción es una parte subordinada de la acción inmoral de otro, el participar seria solo algo material.



PREPARACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA.
La profesión es una capacidad cualificada requerida por el bien común, con peculiares posibilidades económico-sociales. El profesional no tiene el carácter de tal por el simple hecho de recibir el titulo que lo certifica o le da la cualidad de profesional, nadie es profesional por el titulo en si, el titulo lo único que expresa es su calidad de ser ya un profesional, mas no que tiene todas las cualidades éticas para serlo, el titulo profesional mas aya de ser un ALGUIEN es la manifestación intrínseca de lo que internamente se lleva , no por la naturaleza de la persona sino por sus cualidades éticas, como la idoneidad o aptitud que le da un nuevo perfil a su personalidad.
El ser profesionales dignos representa la excelencia, gravedad, decoro que tiene la persona y el respeto consigo mismo

FORMACIÓN INTELECTUAL.
El hombre que se gradúa hoy y deja de estudiar mañana, estará ineducado para el día siguiente. Debe perfeccionarse constantemente, poniéndose al día con los nuevos avances que se registran en el mundo; pues aunque los principios fundamentales sean los mismos, las técnicas cambian y las máquinas se perfeccionan.
El hombre que conoce la carrera que ha elegido, y ayudado por una buena formación ética, o lo que es lo mismo apoderado del sentido del deber y del derecho de lo que se debe hacer en moral, está llamado a triunfar en el desempeño de sus actividades.
Toda profesión lleva sobre sus hombros el peso de graves deberes y de hondas responsabilidades, que el profesional solo podrá vencer si pone sus conocimientos al servicio de una conciencia fina y delicada.


Todo profesional está obligado a amar la verdad, a dedicarse plenamente a la investigación científica y a practicar el bien en todas sus gradaciones.
El primer deber de la persona que se prepara es ponerse en condición de ejercer su profesión, cultivando la mente con el estudio de lo que se necesita saber y pertrechando su voluntad con todos los motivos del bien obrar.



Una sólida preparación técnica y la obtención de excelentes cualidades personales son requisitos indispensables para realizar un trabajo de primera.
El profesional debe ser un hombre de conciencia, capaz de amar el cumplimiento del deber por encima de las garantías materiales, ventajas o provechos personales.
Está en la obligación de hacerse con una buena conciencia, instruyéndola convenientemente, educándola con esmerada escrupulosidad, formándola en los sanos principios morales, trabajando por hacer conservar su rectitud nativa por el camino de una obediencia constante y fiel a sus decisiones.

FORMACIÓN FÍSICA.
La difusa frontera entre los conceptos de “profesión” y de “oficio”, se hace patente, por ejemplo, en el texto del artículo 35° de la Constitución española de 1978 cuando, al referirse al trabajo, expresa que los españoles tienen el derecho a la “libre elección de profesión u oficio”. Este enunciado disyuntivo da pie para considerar que el concepto profesión tiene el significado del ejercicio de una “actividad de nivel superior” mientras que el oficio se refiere a cierta actividad “mecánica”, en el sentido de constituirse en una de contenido predominantemente “físico y manual y de ejercicio más o menos estandarizado”



No obstante la opinión antes citada cabe señalar al respecto que un sector mayoritario de la doctrina supera el distingo tajante, entre ambos conceptos al hacer extensivo el concepto de profesional a todo experto que desarrolla habitualmente una determinada actividad al servicio de los demás, con prescindencia de calificarla como de nivel superior o inferior, intelectual o manual. En sentido amplio, por consiguiente, el concepto de profesional se hace extensivo tanto a la actividad de un abogado o de un médico como a la de un ebanista o a la de un albañil.

No se puede oponer en forma tajante y nítida, desconociendo la naturaleza del ser humano en cuanto “unidad psicosomática”, las nociones de “profesión” y de “oficio”. No puede ignorarse, precisamente por la estructura propia del ser humano antes referida, el que toda actividad humana supone el despliegue de todas las potencialidades y energías psicosomáticas que dispone la persona en cuanto tal. No existe, por consiguiente, ni un trabajo intelectual puro ni mucho menos uno manual de la misma naturaleza. En toda actividad humana se hallan presentes ambos extremos, aunque en la del profesional predomine la primera sobre la segunda mientras que en la del trabajador manual prevalezca la segunda sobre la primera. Debemos, por lo expuesto, descartar la falsa antinomia propuesta por un sector de la doctrina.

FORMACIÓN MORAL.
La ética juega un papel importante, ya que a diferencia de muchas otras ciencias, esta es mucho mas aplicable a nuestras vidas, debido a su contenido practico-técnico, derivado de nuestras propias costumbres y de cómo nos comportamos, siendo que esta las perfecciona y nos ayuda a asegurar nuestra realización como personas teniendo en cuenta que fines vale la pena perseguir y bajo que condiciones vale la pena perseguirlos.
Debido a que la ética no nos proporciona una lista o un conjunto de reglas a seguir para cada una de las situaciones que se nos presentan en el transcurrir diario de nuestras vidas, debemos apegarnos única y exclusivamente a las bases del actuar ético, como son la inteligencia y ser consecuentes de cómo nuestras actuaciones pueden perjudicar a los demás, o sea, tomar en cuenta los intereses de terceros.



Pero como llegamos, o mas bien, ¿como nosotros discernimos entre lo que es correcto o incorrecto? La ética nos proporciona un número de principios fundamentales cuya finalidad es esclarecernos la pregunta anterior, estos son:
Principio de solidaridad, de equidad o imparcialidad, de eficiencia, de abstenerse de elegir dañar a un ser humano, de la responsabilidad del papel que hay que desempeñar, de aceptación de efectos colaterales y el de cooperación en la inmoralidad.
La ética profesional tiene como objeto crear conciencia de responsabilidad, en todos y cada uno de los que ejercen una profesión u oficio, esta, parte del postulado de que todo valor esta íntimamente relacionado con la idea de un bien.


La ética profesional se sustenta o toma bases fundamentalmente en la naturaleza racional del hombre. Esta naturaleza es espiritual y libre, por consiguiente tiene una voluntad que apetece al bien moral. Haga el bien y evite el mal.
La ética profesional no es estática, pues tiene que ver con valores como el compromiso, la responsabilidad, la justicia, la equidad, el deber, esta va agregada a las conductas, comportamientos y acciones humanas que buscan una mejor calidad de vida, el bien común, el trabajo colaborativo.

Cualquier profesión tiene dos polos complementarios:
1. Lo que mueve al profesional y
2. lo que legítimamente demanda la comunidad a los profesionales.
Es decir que la conciencia ética nos permite ser ciudadanos con una responsabilidad especial para con nuestra sociedad, pues si carecemos de esta somos simplemente personas técnicamente bien preparadas que nos involucramos en la solución de problemas materiales sin sensibilidad humana y en muchas ocasiones terminamos actuando como robots sin conciencia y sin preocupación de los problemas ajenos. Estamos sin duda preparados para ser excelentes técnicos. Sin embargo me atrevo a aconsejarles que no olvidemos ni descuidemos jamás el aspecto humano de nuestra profesión.

www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/.../pr22.pdf

CODIGO DE ETICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
POSTULADO I. APLICACIÓN UNIVERSAL DEL CÓDIGO: Es la obligatoriedad de seguir el Código de Ética por todo contador ya sea que trabaje en el territorio nacional o en el extranjero por el hecho de serlo, sin importar que actividad tenga o especialidad, que trabaje como profesional independiente o como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas, abarca también a los contadores públicos que no ejerzan su profesión.
RESPONSABILIDAD CON LA SOCIEDAD.
POSTULADO II. INDEPENDENCIA DE CRITERIO: Al expresar cualquier juicio profesional el contador público acepta la obligación de sostener un criterio libre de conflictos e intereses e imparcial.
POSTULADO III. CALIDAD PROFESIONAL DE LOS TRABAJOS: En la presentación de cualquier servicio se espera la máxima calidad de un trabajo profesional, siguiendo las normatividades de la profesión que sean aplicables a dicho trabajo, actuará con la intención, el cuidado y la diligencia de una persona responsable.
POSTULADO IV. PREPARACIÓN Y CALIDAD PROFESIONAL: Como requisito para aceptar prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente.
POSTULADO V. RESPONSABILIDAD PERSONAL: El Contador Público siempre aceptará una responsabilidad personal por los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección.
RESPONSABILIDADES HACIA QUIEN LO PATROCINA.
POSTULADO VI. SECRETO PROFESIONAL: El Contador Público tiene la obligación de guardar secreto y de no revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros, los hechos, datos o circunstancias de que tenga o hubiese tenido conocimiento. Con autorización de los interesados proporcionará a las autoridades competentes la información y documentación que éstas le soliciten.
POSTULADO VII. OBLIGACIÓN DE RECHAZA TAREAS QUE NO CUMPLAN CON LA MORAL: Faltará al honor y dignidad profesional todo contador público que directa o indirectamente intervenga en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral.
POSTULADO VIII. LEALTAD HACIA EL PATROCINADOR DE LOS SERVICIOS: El contador público se abstendrá de situaciones que puedan afectar a quien haya contratado sus servicios.
POSTULADO IX. RETRIBUCIÓN ECONÓMICA: Por los servicios que presta, el Contador Público se hace acreedor a una retribución económica.


RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN.
POSTULADO X. RESPETO A LOS COLEGAS Y LA PROFESIÓN: Todo contador público cuidará sus relaciones con sus colaboradores, colegas y con las instituciones que los agrupan buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que enaltezca actuando con espíritu de equipo.
POSTULADO XI. DIGNIFICACIÓN DE LA IMAGEN PROFESIONAL A BASE DE CALIDAD. Para hacer llegar a la sociedad en general y los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de prestigio, el contador público se valdrá de su calidad profesional y personal. Podrá comunicar y difundir sus propias capacidades sin demeritar a sus colegas o a la profesión en general a excepción de los servicios de dictaminación.
POSTULADO XII. DIFUSIÓN Y ENSEÑANZA DE CONOCIMIENTO TÉCNICOS: Todo contador público que de alguna manera transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las más altas normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos.



RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO
A. Imperio de la Ley y de los Derechos Humanos. El Abogado debe ser activo defensor de los Derechos Humanos y propulsor del principio del Imperio de la Ley , como base necesaria para el logro y preservación de una sociedad libre y justa.
B. Función Social del Abogado. El abogado debe tener clara conciencia de que el ejercicio de su profesión se le reserva en interés público y que, por ello, más que un privilegio, constituye una función de profundo sentido social. En consecuencia, el abogado debe:
1.Desempeñar su función con integridad;
2.Procurar el mejoramiento del sistema jurídico;
3.Coadyuvar a la debida divulgación pública de la Ley , para una mejor comprensión de los derechos y deberes jurídicos;
4.Facilitar a todos los ciudadanos la prestación de servicios legales competitivos;
5.Promover activamente el establecimiento y vigencia de la Carrera Judicial , y la plena independencia del Órgano Judicial y el Ministerio Público, como requisitos esenciales para la recta y oportuna Administración de Justicia;
6.Defender la vigencia permanente del principio de la inviolabilidad de la defensa en asuntos penales.
C. Solidaridad Profesional. Es deber esencial del abogado prestar con entusiasmo y dedicación su concurso personal para el mejor éxito de las asociaciones del abogado, en cuyo seno se fortalezca el sentimiento de solidaridad profesional tanto por la adecuada protección de los intereses de los abogados como para el más eficaz desempeño colectivo de las obligaciones sociales del gremio. En este sentido también deberá estar siempre al día con las obligaciones que resulten de su relación con el Colegio Nacional de Abogados, tales como el pago de cuotas y de cargos que resultaren del uso de las facilidades y servicios del Colegio.
CH. Sobre el ejercicio profesional. El abogado debe actuar con irreprochable dignidad, en el ejercicio de la profesión. El abogado debe cuidar con todo esmero de su honor, eludiendo cuanto pueda afectar su independencia económica, comprometer su decoro o disminuir la consideración general que debe siempre merecer. El abogado deberá abstenerse de ofrecer dádivas a los funcionarios, y, especialmente, en pro de la defensa del decoro; no habrá regalo de naturaleza alguna a los miembros del Órgano Judicial ni del Ministerio Público, tenga o no en sus respectivos despachos negocios en tramitación. El abogado debe respetar y cumplir las disposiciones legales que establecen las incompatibilidades para ejercer la profesión y abstenerse de desempeñar cargos y ocupaciones incompatibles con el espíritu de las mismas. El abogado debe reconocer su responsabilidad cuando resultare de negligencia, error inexcusable o
dolo, allanándose a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

www.anadejal.com/.../1218638986_Codigo%20de%20Etica%20Profesional.pdf